Secretario de Seguridad Pública
Periférico Ecológico Km. 3.5 Antiguo Camino a San Francisco Ocotlán, Cuautlancingo Puebla C.P. 72680
Nuestras InstalacionesSECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Fungió como juez de Oralidad Penal y de Ejecución y administrador de los Juzgados de Oralidad Penal del estado de Puebla.
Adscrito a la Segunda Sección del Estado Mayor General de la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR).
Integrante del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia de la Procuraduría General de la República (PGR).
Docente del Instituto de Estudios Jurídicos del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
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- Con laparticipación de diversos sectores y estudiantes de la máxima casa de estudios,fue desarrollado el foro “Todos por Todas” para el intercambio de experienciasy buenas prácticas CIUDAD DE PUEBLA, Pue. - En el marcode los 16 días de activismo contra la violencia de género, la Secretaría deSeguridad Pública (SSP), en
La Secretaría de Seguridad Pública en observancia al Principio de Presunción de Inocencia, ponderado con el derecho a la información y a la libertad de expresión que debe garantizarse a los medios de comunicación, como derechos fundamentales de la sociedad, en los comunicados de prensa, presentados en este portal web, aborda los resultados que se obtienen en materia de seguridad pública, en cumplimiento a la transparencia y máxima publicidad de los actos de gobierno. La descripción de las detenciones, se informan y dan a conocer como noticia relacionada a hechos con apariencia de delito. Los comunicados de prensa, son compatibles con los derechos humanos establecidas en el artículo 1o de la Carta Magna y 8 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, de igual forma, están alineados al principio de legalidad, apegándose a lo señalado en la fracción XIV del artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, por ello los detenidos no son expuestos a los medios de comunicación, sino únicamente se presentan impresiones fotográficas de los objetos asegurados que son noticia, de las personas detenidas que son noticia, así como son hechos públicos y notorios, por ello no se presentan datos sobre la identificación de persona alguna, congruencia que se reafirma y tiene sustento en la fracción XV del artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, tomando en cuenta que los detenidos no son presentados como culpables, solamente se da a conocer la noticia de su detención, en su caso puesta a disposición al Fiscal del Ministerio Público, conteniendo los datos que permiten garantizar el acceso a la información y a la libertad de expresión de la Sociedad Poblana, contribuyendo a la existencia de una opinión pública. La política pública de Comunicación Social de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, es respetuosa del debido proceso y de la presunción de inocencia, sin menoscabo del derecho a la información, de la libertad de prensa y de la noticia, congruente con las líneas de pensamiento jurisprudencial, contenidas en los criterios orientadores con registros: 2003695 de la Primera Sala, 160979 y 2010171 de los Tribunales Colegiados de Circuito, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.